Puedes solicitar que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles intervenga cuando:
- Transcurridos 15 días hábiles desde tu presentación ante la empresa distribuidora de gas que le presta servicio, no ha recibido respuesta.
- Si no estás conforme con lo resuelto por la empresa.
- En caso de incumplimiento de la solución comprometida por la empresa.
- La empresa no tramita tus consultas y/o reclamos efectuados por teléfono, carta, fax, correo electrónico (mail), otro medio habilitado y te exige concurrir a sus oficinas personalmente.